CASOS EN LOS QUE SE PUEDE RECURRIR DIRECTAMENTE A LAS JUNTAS REGIONALES
Condonación de deudas.
Reclamación seguros de vida.
Sustitución de pensión.
Reclamación de indemnización por accidente de tránsito.
Prueba anticipada para iniciar demanda.
Ayudas o indemnización por ser víctimas del conflicto armado.
Pensión anticipada por hijo discapacitado
Calificación Judicial
Requerimiento por orden judicial.
Aplica para:
Requerimiento por orden judicial
Qué documentos necesito:
Diligenciar el formulario para la solicitud de calificación ante la Junta de Calificación de Invalidez
Consignar los honorarios equivalentes a $1.300.000 en la cuenta corriente No. 05995280374 de Bancolombia, convenio # 46495 a nombre de la JUNTA REGIONAL DE CALIFICACIÓN DE INVALIDEZ DE CALDAS NIT No. 900.600.849-5. Cuando se actúe como perito por solicitud de autoridad judicial, los honorarios deberán ser cancelados por quien decrete dicha autoridad. NOTA: La consignación debe hacerse con el número de cédula del usuario que va a ser calificado; No de terceros.
Historia Clínica completa. (Concepto de Rehabilitación Integral para los casos que aplique).
Auto del juzgado donde asigna a las Juntas regionales como perito
Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía ampliada al 150%
En caso de que la Junta Regional de Invalidez actúe como perito en los términos previstos en el Código de Procedimiento Penal, la gestión no genera honorarios
Calificación Particular
Cuando el interesado requiera el dictamen para reclamar un derecho o para aportarlo como prueba en proceso judicial o administrativo.
Aplica para:
Condonación de deudas
Reclamación seguros de vida
Reclamación de indemnización por accidente de tránsito
Pensión anticipada por hijo discapacitado
Prueba anticipada para iniciar demanda
Sustitución pensional
Qué documentos necesito:
Diligenciar el formulario para la solicitud de calificación ante la Junta de Calificación de Invalidez
Consignar los honorarios equivalentes a $1.300.000 en la cuenta corriente No. 05995280374 de Bancolombia, convenio # 46495 a nombre de la JUNTA REGIONAL DE CALIFICACIÓN DE INVALIDEZ DE CALDAS NIT No. 900.600.849-5. NOTA: La consignación debe hacerse con el número de cédula del usuario que va a ser calificado; No de terceros.
Historia Clínica completa. (Concepto de Rehabilitación Integral para los casos que aplique).
Carta dirigida a la entidad a la cual está reclamando con sello de recibido, informándoles que se encuentra realizando los trámites para la calificación ante LA JUNTA REGIONAL DE CALIFICACION DE INVALIDEZ DE CALDAS
Carta dirigida a la Junta en donde informe puntualmente para que necesitan la calificación e indicando cuales son las personas interesadas en el dictámen
Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía ampliada al 150%
Los dictámenes que se emiten de manera particular no son susceptibles de recurso alguno, ya que la Junta en este caso actúa en calidad de perito.
Calificación Víctimas
Ayudas o indemnización por ser víctimas del conflicto armado.
Aplica para:
Ayudas o indemnización por ser víctimas del conflicto armado
Qué documentos necesito:
Diligenciar el formulario para la solicitud de calificación ante la Junta de Calificación de Invalidez
Consignar los honorarios equivalentes a $1.300.000 en la cuenta corriente No. 05995280374 de Bancolombia, convenio # 46495 a nombre de la JUNTA REGIONAL DE CALIFICACIÓN DE INVALIDEZ DE CALDAS NIT No. 900.600.849-5. NOTA: La consignación debe hacerse con el número de cédula del usuario que va a ser calificado; No de terceros.
Historia Clínica completa. (Concepto de Rehabilitación Integral para los casos que aplique).
RUV certificado único de víctimas
Carta dirigida a la entidad a la cual está reclamando con sello de recibido, informándoles que se encuentra realizando los trámites para la calificación ante la LA JUNTA REGIONAL DE CALIFICACION DE INVALIDEZ DE CALDAS
Carta dirigida a la Junta en donde informan para que necesitan la calificación
Fotocopia de la Cédula de Ciudadanía ampliada al 150%
Calificación del estado de invalidez
Inconformidades que se presenten en contra de los dictámenes emitidos en primera oportunidad, de conformidad con el articulo 41 de la ley 100 de 1993.
Aplica para:
Corresponde al Instituto de Seguros Sociales, Administradora Colombiana de Pensiones -COLPENSIONES-, a las Administradoras de Riesgos Profesionales – ARP-, a las Compañías de Seguros que asuman el riesgo de invalidez y muerte, y a las Entidades Promotoras de Salud EPS, determinar en una primera oportunidad la pérdida de capacidad laboral y calificar el grado de invalidez y el origen de estas contingencias. En caso de que el interesado no esté de acuerdo con la calificación deberá manifestar su inconformidad dentro de los diez (10) días siguientes y la entidad deberá remitirlo a las Juntas Regionales de Calificación de Invalidez del orden regional dentro de los cinco (5) días siguientes, cuya decisión será apelable ante la Junta Nacional de Calificación de Invalidez, la cual decidirá en un término de cinco (5) días. Contra dichas decisiones proceden las acciones legales.
Que documentos necesito:
AT: Accidente de Trabajo.
EL: Enfermedad Laboral.
NA: No Aplica.
X: Se requiere.
REQUERIMIENTOS MÍNIMOS
AT
EL
MUERTE
Responsabilidad Empleador
Formato Único de Reporte de Accidente de Trabajo FURAT o el que lo sustituya o adicione, debidamente diligenciado por la entidad o persona responsable, o en su defecto, el aviso dado por el representante del trabajador o por cualquiera de los interesados.
X
X
X
El informe del resultado de la investigación sobre el accidente realizado por el empleador conforme lo exija la legislación laboral y seguridad social.
X
NA
X
Evaluaciones médicas ocupacionales de ingreso, periódicas o de egreso o retiro. Si el empleador no contó con alguna de ellas deberá reposar en el expediente certificado por escrito de la no existencia de la misma, caso en el cual la entidad de seguridad social debió informar esta anomalía a la Dirección Territorial del Ministerio del Trabajo para la investigación y sanciones a que hubiese lugar
NA
X
NA
Contratos de trabajo, si existen, durante el tiempo de exposición.
NA
X
NA
Información ocupacional con descripción de la exposición ocupacional que incluyera la información referente a la exposición a factores de riesgo con mínimo los siguientes datos:
NA
X
NA
REQUERIMIENTOS MÍNIMOS
AT
EL
MUERTE
1. Definición de los factores de riesgo a los cuales se encontraba o encuentra expuesto el trabajador, conforme al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
NA
X
NA
2. Tiempo de exposición al riesgo o peligro durante su jornada laboral y/o durante el periodo de trabajo, conforme al Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo.
NA
X
NA
3. Tipo de labor u oficio desempeñados durante el tiempo de exposición, teniendo en cuenta el factor de riesgos que se está analizando como causal.
NA
X
NA
4. Jornada laboral real del trabajador.
NA
X
NA
5. Análisis de exposición al factor de riesgo al que se encuentra asociado la patología, lo cual podrá estar en el análisis o evaluación de puestos de trabajo relacionado con la enfermedad en estudio.
NA
X
NA
6. Descripción del uso de determinadas herramientas, aparatos, equipos o elementos, si se requiere.
NA
X
NA
Responsabilidad Entidades Primera Oportunidad
Formulario de solicitud de dictamen diligenciado.
X
X
X
Fotocopia simple del documento de identidad de la persona objeto de dictamen o en su defecto el número correspondiente.
X
X
NA
Calificación del origen y pérdida de la capacidad laboral junto con su fecha de estructuración si el porcentaje de este último es mayor a 0.
X
X
X
Certificación o constancia del estado de rehabilitación integral o de su culminación o la no procedencia de la misma antes de los quinientos cuarenta (540) días de presentado u ocurrido el accidente o diagnosticada la enfermedad.
X
X
NA
Si el accidente fue grave o mortal, el concepto sobre la investigación por parte de la Administradora de Riesgos Laborales.
X
NA
X
Copia completa de la historia clínica de las diferentes Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, incluyendo la historia clínica ocupacional, Entidades Promotoras de Salud, Medicina Prepagada o Médicos Generales o Especialistas que lo hayan atendido, que incluya la información antes, durante y después del acto médico, parte de la información por ejemplo debe ser la versión de los hechos por parte del usuario al momento de recibir la atención derivada del evento. En caso de muerte la historia clínica o epicrisis de acuerdo con cada caso. Si las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud no hubiesen tenido la historia clínica, o la misma no esté completa, deberá reposar en el expediente certificado o constancia de este hecho, caso en el cual, la entidad de seguridad social debió informar esta anomalía a los Entes Territoriales de Salud, para la investigación e imposición de sanciones a que hubiese lugar.
X
X
X
Conceptos o recomendaciones y/o restricciones ocupacionales si aplica.
X
X
NA
Registro Civil de Defunción, si procede.
NA
NA
X
Acta de levantamiento del cadáver, si procede.
NA
NA
X
Protocolo de necropsia, si procede.
NA
NA
X
Otros documentos que soporten la relación de causalidad, si los hay.